Red Flags

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Las responsabilidades legales de una empresa que opera a nivel internacional no se limitan a las leyes nacionales de los países receptores: es posible que también se puedan aplicar las leyes del país de origen e incluso de terceros países. Este sitio web, traducido y publicado con autorización, enumera actividades que deberían levantar una ”tarjeta roja" de advertencia a las empresas de los posibles riesgos legales, y la necesidad de una acción urgente.

Las actividades identificadas fueron extraídas de una revisión de casos internacionales existentes en más de una docena de jurisdicciones. Cada tarjeta roja (de la versión original en inglés) incluye vínculos a resúmenes de las leyes correspondientes y uno o 2 casos seleccionados.

Versión original en inglés: www.redflags.info
Traducción libre hecha por Ardura S.A.S. - jrunda@ardura.co

“La exposición es mayor en zonas de alto riesgo tales como guerras, áreas de violencia generalizada y de violación generalizada de DDHH, o en Estados con regímenes represivos. La actividad empresarial puede, en particular, generar responsabilidad jurídica internacional relacionada con sanciones, control financiero y crímenes internacionales (v.gr. tortura, atrocidades y masacres””.

“Las empresas, sus Juntas Directivas, sus ejecutivos y empleados pueden ser objeto de procesos judiciales por sus actuaciones o las de las empresas. La responsabilidad puede surgir cuando otros, tales como sus proveedores de seguridad, o sus socios de negocios, cometen crímenes. La responsabilidad puede surgir cuando los crímenes son cometidos cerca de sus instalaciones o su operación. Incluso la falta de acción puede terminar en una responsabilidad jurídica.”

“La ignorancia no sirve de defensa. Los códigos de conducta empresarial y las guías internacionales contienen señales útiles, pero pueden no ser suficiente para asegurar que las compañías maniobran con éxito para salvar todos los obstáculos.”

“Este documento lista actividades que deberían ‘levantar’ tarjetas rojas para alertar a las compañías sobre posibles repercusiones legales y sobre el sentido de urgencia que debiera gobernar las acciones para prevenirlas. Las actividades listadas a continuación son el producto de una revisión de casos internacionales de actualidad y de las Cortes en más de una docena de jurisdicciones. En la versión Internet de “Red Flags”, cada Tarjeta Roja tiene un vínculo a un resumen nutrido de casos y leyes relevantes, que se actualizan regularmente. Este documento no constituye la opinión de expertos jurídicos.”

“Tarjeta Roja #1: Desplazamiento forzado.

La amenaza de uso, o el uso de violencia para forzar desplazamiento de comunidades puede ser un crimen internacional. Una empresa puede enfrentar cargos si recurre al desplazamiento forzado para operar en un área de su interés, para construir infraestructura o para explotar recursos naturales.”

  • “Una empresa japonesa fue demandada en Japón por su relación con reasentamiento involuntario de comunidades en Indonesia para la construcción de una represa. La empresa ha respondido los cargos; la decisión está pendiente.”
“Tarjeta Roja #2: Forzar el trabajo.

Las empresas que, recurriendo a la violencia o a la amenaza de violencia, obliguen a personas a trabajar contra su voluntad, pueden enfrentar responsabilidad.”

  • “Una empresa petrolera norteamericana fue demandada en los Estados Unidos por el uso presunto de la fuerza de parte de las fuerzas militares de Burma antes de la construcción de un oleoducto. La empresa enfrentó en las Cortes su responsabilidad. El caso se resolvió extra-judicialmente.”
“Tarjeta Roja #3: Uso de activos cuestionables.

Recibir fondos que puedan haber estado asociados a actividades criminales expone a las compañías y a los individuos a riesgo jurídico. Tener, manejar o esconder esos fondos, incluyendo su transferencia a canales legítimos, puede resultar en judicialización y en demandas.”

  • “En 2005, un banco norteamericano se declaró culpable en una Corte de su país y pagó una multa de 16 millones de US$ para resolver los cargos criminales que se le hicieron en relación con transacciones sospechosas relacionadas con activos de Augusto Pinochet.”
“Tarjeta Roja #4: Pagos ilegales.

Los pagos ilegales pueden crear responsabilidad jurídica por corrupción o soborno, incluso en los casos en los que la corrupción es común. Los cargos pueden tener lugar por fuera del país en el que tenga lugar la transacción.”

  • “En 2003, un ejecutivo de una compañía norteamericana fue acusado en los Estados Unidos por haber pactado comisiones por 78 millones de US$ a empleados oficiales de Kazakstán para obtener contratos petroleros. El acusado enfrentó los casos; el caso está pendiente.“
“Tarjeta Roja #5: Relacionarse con fuerzas de seguridad abusivas.

El uso desproporcionado de la fuerza de parte de la seguridad pública o privada actuando a nombre de una empresa puede crear responsabilidad jurídica para la empresa. Esas responsabilidades pueden resultar incluso si las acciones ilegales de las fuerzas de seguridad (v. gr. homicidio, violación, secuestro, paliza) no fueron ordenadas ni buscadas por la empresa. Los riesgos jurídicos son mayores en las regiones en las que las fuerzas de seguridad tienen historial de conducta abusiva.”

  • “Una empresa petrolera que opera en Nigeria fue demandada en una Corte de Estados Unidos luego de que los soldados del gobierno que proveían seguridad para la empresa dispararon presuntamente a personas que protestaban contra la operación de una plataforma costa-afuera. La empresa enfrenta los cargos y su solución está pendiente.”
“Tarjeta Roja #6: Comerciar bienes violando sanciones internacionales.

Una empresa puede enfrentar responsabilidad jurídica por compra, venta o transporte de productos o activos que tengan origen o destino un país, grupo o individuos con sanciones internacionales. El embargo es más común en armas pero, cada vez más, se impone a otros productos como diamantes, activos financieros o madera.”

  • “Una Corte holandesa encarceló temporalmente a un empresario de su país por haber violado presuntamente sanciones de Naciones Unidas contra Liberia relacionadas con la importación de armas. El acusado enfrentó lo cargos y está por resolverse.”
“Tarjeta Roja #7: Proveer medios letales.

Las empresas pueden enfrentar responsabilidad jurídica si proveen armas o equipos duales a gobiernos o grupos armados que los usan para cometer atrocidades, incluso si se cumplen cabalmente las reglas de exportación e importación.”

  • “Una Corte holandesa encarceló a un empresario de su país por proveer componentes químicos a las fuerzas militares de Iraq, que fueron utilizados contra los kurdos en 1988. El acusado enfrentó los cargos. En la segunda instancia la Corte confirmó los cargos y elevó la condena a 17 años.”
“Tarjeta Roja #8: Permitir el uso de instalaciones de la compañía para cometer abusos.

El uso de activos y equipos de las empresas para la comisión de delitos internacionales puede crear responsabilidad jurídica para las empresas, incluso si no autorizaron ni buscaron ese uso de los activos.”

  • “Comunidades de Indonesia demandaron una empresa petrolera norteamericana en una Corte de Estados Unidos alegando que fueron torturados por las fuerzas militares de Indonesia que protegían las instalaciones de la empresa y que algunas de las torturas tuvieron lugar en esas instalaciones. La empresa enfrentó los cargos; el caso está pendiente de decisión.”
"Tarjeta Roja #9: Financiar crímenes internacionales:

Proveer recursos financieros a quienes cometen crímenes internacionales puede resultar en responsabilidad jurídica, si esos recursos contribuyen sustancialmente a la comisión de esos crímenes. El riesgo de responsabilidad jurídica crece cuando la empresa persiste en hacer negocios con quienes perpetran las violaciones, especialmente cuando las violaciones son de conocimiento público.”

  • “Un empresario alemán que hizo contribuciones a las SS durante la 2ª Guerra Mundial fue apresado después de la guerra por su relación con una organización criminal. Está aún pendiente la decisión de una Corte internacional sobre un empresario de Ruanda en conexión con el genocidio de 1994. En 2007, una empresa estadounidense se declaró culpable de haber pagado a paramilitares.”